Leasing - Subarrendamiento y cesión
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Normatividad
Diferencias entre el leasing y otras figuras contractuales
Principales obligaciones en el contrato de leasing financiero
Principales modalidades de los cánones
Opción de adquisición
Registro de un contrato
Solidaridad y garantía
Responsabilidad
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Derechos notariales
Modalidades de crédito empresarial
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ImportAuto
¿PUEDE EL LOCATARIO SUBARRENDAR EL BIEN OBJETO DE UN CONTRATO DE LEASING FINANCIERO?
Sólo cuando expresamente y por escrito la compañía de leasing lo autoriza, en cuyo caso, el locatario continúa respondiendo frente a la leasing por todas las obligaciones emanadas del contrato.
¿EL LOCATARIO PUEDE CEDER A UN TERCERO EL CONTRATO DE LEASING?
Sólo si media autorización expresa y escrita de la compañía, quien previo a su otorgamiento, deberá estudiar al futuro locatario para determinar su capacidad de cumplimiento. La compañía puede autorizar la cesión en forma pura y simple, cambiando de locatario, o con responsabilidad del cedente, quien en este caso será garante del nuevo locatario.
¿EL LOCATARIO PUEDE CEDER A UN TERCERO SU DERECHO A LA OPCIÓN DE ADQUISICIÓN?
El locatario de un contrato de leasing financiero puede ceder a un tercero su derecho a ejercer la opción de adquisición, pero dicha cesión no produce efectos, hasta tanto sea notificada a la compañía de leasing.
También es viable legalmente que el locatario señale a un tercero para adquirir el dominio del bien, una vez haya ejercido la opción de adquisición.
Aunque desde el punto de vista sustancial estas cesiones no requieren de aceptación por parte de la compañía de leasing, por tratarse de entidades sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria que deben cumplir con las normas sobre prevención de actividades delictivas, pueden negarse a aceptar cesiones bien contractualmente, o al momento en que se les notifique de las mismas.
¿PUEDE UNA COMPAÑÍA DE LEASING CEDER UN CONTRATO DE LEASING?
Por tratarse de un contrato mercantil de ejecución sucesiva, es de la naturaleza del contrato de leasing que la compañía de financiamiento comercial lo pueda ceder a otra de la misma especie, sin necesidad de aceptación del locatario o del arrendatario.